Cómo Salir de Deudas en México: Guía Completa para Recuperar tu Estabilidad Financiera
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Descuentos por deuda en cuentas de nómina o ahorro. (Compensación bancaria o Cobro A Lo Chino)

¿El banco puede cobrar de tu sueldo o tus ahorros por una deuda?


La respuesta corta es: sí 


Cada vez más personas en México se sorprenden al descubrir que su propio banco puede descontarles dinero directamente de sus cuentas —ya sean de nómina, ahorro o cheques— para cobrarse una deuda pendiente.

A esta práctica se le conoce comúnmente como “cobro a lo chino”, y aunque parece injusta, la ley sí la permite bajo ciertas condiciones.


Las búsquedas más frecuentes en internet reflejan la inquietud general:


“¿Me pueden quitar mi nómina por una deuda con el banco?”


“¿Cómo cambiar mi nómina de banco si le debo al actual?”


“El banco me cobró de mi cuenta de ahorro por una deuda de tarjeta.”


Y una confusión muy común:


> “¿Eso que hizo el banco es un embargo?”


No. No se trata de un embargo judicial, sino de una figura completamente distinta llamada compensación bancaria.

A continuación, te explicamos las diferencias y lo que dice la ley.


Compensación bancaria y embargo: no son lo mismo


La compensación bancaria es un mecanismo privado y automático, que no requiere juicio ni orden judicial.

Ocurre cuando el cliente, al contratar un producto financiero (tarjeta, préstamo, cuenta, etc.), acepta una cláusula de compensación que autoriza al banco a tomar dinero de sus propias cuentas para cobrarse adeudos pendientes.


En cambio, el embargo es un procedimiento judicial, que sólo puede llevarse a cabo mediante una demanda presentada ante un juez.

Para que exista un embargo legítimo se necesita:


Una demanda formal interpuesta por el acreedor.


Una autorización judicial emitida por el juez.


La intervención de un actuario, que acude físicamente a realizar la diligencia.


En resumen:


> Si el banco tomó dinero directamente de tus cuentas sin orden judicial, no fue un embargo, sino una compensación contractual.


Embargo de cuentas y protección del salario


Ahora bien, es importante aclarar que sí existen casos en los que un juez puede ordenar el embargo de cuentas bancarias o de una parte del salario.

Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido que el salario mínimo es inembargable, y que sólo puede embargarse la parte que exceda dicho monto.


Esto significa que, incluso en un embargo judicial, el trabajador conserva protegido el equivalente a un salario mínimo, y únicamente una fracción del excedente puede ser retenida, conforme a los límites fijados por la ley laboral.


Por lo tanto:


La compensación bancaria se realiza directamente por el banco, sin intervención judicial.


El embargo judicial, en cambio, requiere demanda y autorización de un juez, y no puede afectar el salario mínimo ni todo el sueldo del trabajador.


La cláusula de compensación: el permiso que diste (incluso digitalmente)


Con las nuevas leyes digitales mexicanas, ya no se requiere una firma autógrafa para que un contrato tenga validez legal.

Los artículos 89, 90 y 93 del Código de Comercio establecen que los contratos celebrados por medios electrónicos, así como las aceptaciones mediante clic, NIP, token o biometría, tienen el mismo valor legal que una firma tradicional.


Esto significa que, si solicitaste tu cuenta o crédito desde una aplicación o portal web y aceptaste los términos y condiciones, esa aceptación es jurídicamente válida.

Por lo tanto, el banco puede aplicar la cláusula de compensación aunque no exista contrato físico firmado.


¿Por qué el banco se puede cobrar de tu nómina sin una orden judicial? ¿Las cuentas de nómina están protegidas por la LEY FEDERAL DEL TRABAJO? La laguna legal: cuando el sueldo deja de estar protegido


Aunque la Ley Federal del Trabajo (LFT) protege el SALARIO o nómina de los trabajadores, esa protección se pierde en cuanto el dinero entra al sistema bancario.


En el momento en que el sueldo es depositado, deja de tener la calidad de “nómina” o “salario” ante la ley laboral, y se convierte en un depósito ordinario sujeto a las reglas bancarias (no importa si la cuenta bancaria se denomina como "de nomina").


Desde ese instante, el dinero ya no está protegido por la LFT, y el banco puede aplicarle la compensación si existe una deuda vigente.


Por eso, un trabajador puede quedarse sin un peso, incluso si el dinero proviene de su sueldo, aguinaldo o pensión.


El banco no viola la ley laboral, porque técnicamente ya no se trata de “salario”, sino de un depósito común y corriente que cae en una cuenta que el banco le maneja al trabajador. 


La portabilidad de nómina no funciona en estos casos ¿Por qué? 


Muchos deudores intentan evitar el descuento solicitando la portabilidad de nómina, es decir, pedir que su sueldo se transfiera automáticamente a otro banco.

Pero esta opción no impide los cobros automáticos.


¿Por qué la portabilidad de nómina no sirve para evitar que el banco se siga cobrando a lo chino de ahí? Esto se debe a que el patrón seguirá depositando el sueldo del trabajaron en el banco con el que este tiene la deuda, y ese banco se cobra lo que el cliente debe antes de transferir el remanente —si es que queda algo— al nuevo banco elegido por el trabajador por medio de la protabilidad.


Es decir, en tu trabajo primero te van a depositar en el banco con el que tienes la deuda, este se cobrará lo que corresponda (pudiendo dejarte sin un centavo) y el resto (si es que queda algo), lo transferirá por medio de la portabilidad de nómina al banco que hayas elegido. 


En consecuencia, la portabilidad no te protege frente a la compensación bancaria o del cobro a lo chino.


¿Qué debes hacer para evitar que el banco se cobre de tu nómina u otras cuentas qué tengas con este? La solución será exigir en tu trabajo que te haga el pago directo en otro banco (sin portabilidad) 


Así las cosas, la única forma efectiva de evitar el “cobro a lo chino” es pedirle a tu empleador que te pague directamente en el banco que tú elijas, sin pasar antes por el banco donde tienes la deuda ni mediante portabilidad.


Esto es tu derecho, garantizado por los artículos 100 y 101 de la Ley Federal del Trabajo, los cuales establecen que:


> “El pago del salario no podrá ser condicionado bajo ninguna circunstancia, y el trabajador tiene derecho a elegir la forma y el lugar en que desea recibirlo.”


Por lo tanto, puedes exigir que tu empresa deposite tu sueldo directamente en el banco que tú designes, sin intermediarios.

De esa manera, tu dinero no entra en el sistema del banco con el que tienes deuda y queda fuera de su alcance para la compensación.


Qué hacer si el banco ya te descontó


1. Revisa tu contrato o aplicación bancaria. Busca si aceptaste la cláusula de compensación (aunque haya sido digitalmente).


2. Guarda tus estados de cuenta para comprobar los descuentos.


3. Solicita asesoría con la Organización Nacional de la Defensa del Deudor, S.C., para evaluar la legalidad del cobro y definir estrategias para detenerlos.


4. Pide a tu empleador cambiar el banco de depósito, no por portabilidad, sino mediante pago directo.


5. Presenta queja ante la CONDUSEF si consideras que el banco abusó o aplicó un cobro indebido.


Claves legales que debes conocer


Código de Comercio (Art. 89–93): contratos y firmas electrónicas tienen plena validez jurídica.


Ley de Instituciones de Crédito (Art. 68): reconoce como títulos ejecutivos los contratos y estados de cuenta electrónicos.


Ley Federal del Trabajo (Art. 100 y 101): el trabajador elige libremente el banco y forma de pago de su salario.


Criterios de la SCJN: el salario mínimo es inembargable; sólo puede retenerse parte del excedente en un proceso judicial.


Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros: faculta denunciar cláusulas abusivas ante CONDUSEF.


Conclusión


Cuando un banco descuenta dinero de tus cuentas para cobrarse una deuda, no está embargando tus bienes, sino aplicando una compensación bancaria derivada de un contrato que tú aceptaste, incluso si fue digitalmente.


La laguna legal permite que, una vez depositado el dinero, éste pierda su calidad de salario y el banco pueda tomarlo.

Sin embargo, en un embargo judicial, el procedimiento es completamente distinto: interviene un juez y un actuario, y la SCJN protege el salario mínimo, permitiendo retener solo parte del excedente.


La única forma real de evitar el cobro automático es exigir que tu empresa te pague directamente en el banco de tu elección, amparado en los artículos 100 y 101 de la Ley Federal del Trabajo.


En la Organización Nacional de la Defensa del Deudor, S.C., te asesoramos para que se respeten tus derechos, proteger tus ingresos y encontrar soluciones legales frente a este tipo de prácticas bancarias.


¿Si hago la portabilidad el banco ya no se podría cobrar de mi cuenta?


La respuesta es sí, seguirá cobrando se porque como ya mencionamos, con la portabilidad en tu trabajo van a seguir depositando tu sueldo en el banco donde tienes la deuda, al caer ese dinero, este banco se cobrará de ahí la deuda o parte de la deuda y lo que quede (si es que queda algo), el banco lo transferirá al banco que hayas elegido con la portabilidad.


¿La solución?


La solución será que en tu trabajo te hagan el depósito de forma directa en el banco que hayas elegido. Recuerda que el que te paguen tu sueldo en el banco de tu elección es tu derecho de acuerdo a lo que establece la LEY FEDERAL DEL TRABAJO en sus artículos 100 y 101.

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